Por Antonio Cafiero - Página 12 - 26/11/09
La asignación por hijo recientemente implementada por el gobierno nacional representa un cambio sustancial en la concepción de las políticas sociales dirigidas a la infancia en la Argentina. Podemos hablar de un cambio de paradigma en el sistema de protección social. En este sentido, puede ser entendida como una medida enmarcada en lo que en otras oportunidades denominé la segunda reforma social. Mientras en la década de 1940 la primera reforma construyó el andamiaje legal que garantizó los derechos sociales alrededor del trabajo formal –seguridad social, obras sociales, salario familiar–, la segunda debe dar nuevas respuestas a las necesidades sociales de esta época. Si el empleo estable en relación de dependencia fue la base donde se apoyó la justicia social en la primera reforma, los cambios verificados en las últimas décadas han excluido a muchos trabajadores de las conquistas sociales de entonces. El trabajo sigue siendo la manera más efectiva para asegurar la integración social y la dignidad de las personas, pero en todo el mundo han surgido nuevas formas de inserción e informalización laboral que obligan a reajustar las normas para poder garantizar esos mismos derechos a la generalidad de los trabajadores.
La decisión a la que nos estamos refiriendo es una respuesta en este sentido. Será el subsidio destinado a los niños más cuantioso y de mayor alcance de nuestra historia. Puede asimilarse en su lógica a una nueva modalidad de políticas sociales masivas, basadas en transferencias de ingresos y condicionalidades vinculadas con la salud y la educación de los niños, como la Beca Familia en Brasil o el Plan Oportunidades en México, pero de un monto muy superior a éstas.
En nuestro caso, lo más significativo no radica sólo en la extraordinaria magnitud en cuanto a cobertura y presupuesto, sino también en que representa una política esencialmente democrática, en tanto recoge una demanda social de larga data. El consenso en torno de la implementación de una renta mensual para los niños en nuestro país es públicamente conocido, más allá de las diferencias operativas –no sustantivas– en torno de su aplicación y administración. Por ello, todos los sectores debemos ser cuidadosos y no confundir medios y fines. El interés político inmediato de un puñado de dirigentes no puede ser fundamento para socavar una conquista de sustancial importancia para millones de niños argentinos. No han faltado tampoco en esta oportunidad los supuestos especialistas que critican esta medida al confundir la universalidad de un derecho con la universalidad de una prestación: en ninguno de los proyectos que fueron seriamente discutidos se planteó la posibilidad de transferir ingresos a niños de hogares ricos, porque ellos no necesitan de esta prestación para ver garantizado su derecho.
En este sentido, mi gratificación es mayor porque esta política viabiliza una antigua iniciativa nuestra en la Comisión de Población y desarrollo humano del Senado de la Nación, que se había ido configurando con los informes sobre desarrollo humano iniciados en 1995. En aquel momento nos propusimos impulsar una profunda reforma de los sistemas de protección social para la infancia. Entendíamos que las asignaciones familiares, al cubrir solamente los empleos formales, excluían a los hijos de desocupados y trabajadores informales, que eran justamente quienes más necesitaban del apoyo del Estado para poder quebrar la reproducción intergeneracional de la pobreza.
Sostuvimos que el sistema de seguridad social argentino contribuía a reproducir la inequidad social. En aquel momento estudiamos los posibles mecanismos para proteger a la población infantil sin discriminaciones ni exclusiones y analizamos las ventajas y desventajas de las prestaciones en cuanto a cobertura, montos y formas de financiamiento. Así, entendimos que lo más adecuado era mantener el sistema formal de asignaciones familiares, producto de intensas luchas sociales, al tiempo que propusimos extender una asignación similar a todos los hijos de padres desocupados o insertos en la economía informal, utilizando para su aplicación la larga experiencia de la Anses en el tema. Obviamente, en aquel momento la prioridad eran los niños que no accedían a ningún tipo de beneficio social, pero progresivamente el proyecto establecía una cobertura homogénea y similar en su monto a las asignaciones familiares ya existentes.
El aspecto que diferenciaba aquel proyecto de otros en circulación era que garantizaba una renta mensual a todos los niños, independientemente de la condición laboral de sus padres. La urgencia de la medida estribaba en el hecho de que, a principios de esta década, sólo un tercio de la población económicamente activa podía recibir las asignaciones familiares. El proyecto fue nutrido por la opinión de prestigiosos especialistas, así como debatido con organizaciones de la sociedad civil en varios encuentros organizados para tal fin. Semejante trabajo de concertación permitió que fuera aprobado por unanimidad en el Senado, aunque no llegó a ser tratado en Diputados al agravarse aún más las ya dramáticas restricciones presupuestarias del año 2002.
Hoy vemos con enorme satisfacción el resurgimiento de este sistema universal de protección social para la infancia. Alentamos su implementación y consideramos que la misma debe ser refrendada mediante una legislación que consagre esta política con carácter permanente, irrenunciable y garantice la intangibilidad de su financiamiento. Se trata de un derecho que expresa correlativamente la obligación, regida por la justicia distributiva, de procurar la subsistencia básica a los miembros de una comunidad, y en especial a aquellos que no pueden garantizarse la subsistencia por sus propios medios, los niños y adolescentes. Es un derecho de carácter universal, no una concesión graciosa o un subsidio temporario. Por lo mismo, escapa al campo de las contraprestaciones y los contratos, si bien el Estado puede exigir, en función de garantizar la inserción de los niños en el sistema educativo y su adecuada atención sanitaria, la acreditación del cumplimiento de las obligaciones de los padres.
La asignación por hijo es portadora de una necesidad indiscutible que, como nos enseñó Evita, debe plasmarse legítimamente en un derecho para todos los niños de nuestro país. Esta es la tarea que, gracias a la iniciativa del gobierno nacional, debería asumir ahora el Congreso Nacional para institucionalizarlo como un compromiso irrenunciable del Estado.
La decisión a la que nos estamos refiriendo es una respuesta en este sentido. Será el subsidio destinado a los niños más cuantioso y de mayor alcance de nuestra historia. Puede asimilarse en su lógica a una nueva modalidad de políticas sociales masivas, basadas en transferencias de ingresos y condicionalidades vinculadas con la salud y la educación de los niños, como la Beca Familia en Brasil o el Plan Oportunidades en México, pero de un monto muy superior a éstas.
En nuestro caso, lo más significativo no radica sólo en la extraordinaria magnitud en cuanto a cobertura y presupuesto, sino también en que representa una política esencialmente democrática, en tanto recoge una demanda social de larga data. El consenso en torno de la implementación de una renta mensual para los niños en nuestro país es públicamente conocido, más allá de las diferencias operativas –no sustantivas– en torno de su aplicación y administración. Por ello, todos los sectores debemos ser cuidadosos y no confundir medios y fines. El interés político inmediato de un puñado de dirigentes no puede ser fundamento para socavar una conquista de sustancial importancia para millones de niños argentinos. No han faltado tampoco en esta oportunidad los supuestos especialistas que critican esta medida al confundir la universalidad de un derecho con la universalidad de una prestación: en ninguno de los proyectos que fueron seriamente discutidos se planteó la posibilidad de transferir ingresos a niños de hogares ricos, porque ellos no necesitan de esta prestación para ver garantizado su derecho.
En este sentido, mi gratificación es mayor porque esta política viabiliza una antigua iniciativa nuestra en la Comisión de Población y desarrollo humano del Senado de la Nación, que se había ido configurando con los informes sobre desarrollo humano iniciados en 1995. En aquel momento nos propusimos impulsar una profunda reforma de los sistemas de protección social para la infancia. Entendíamos que las asignaciones familiares, al cubrir solamente los empleos formales, excluían a los hijos de desocupados y trabajadores informales, que eran justamente quienes más necesitaban del apoyo del Estado para poder quebrar la reproducción intergeneracional de la pobreza.
Sostuvimos que el sistema de seguridad social argentino contribuía a reproducir la inequidad social. En aquel momento estudiamos los posibles mecanismos para proteger a la población infantil sin discriminaciones ni exclusiones y analizamos las ventajas y desventajas de las prestaciones en cuanto a cobertura, montos y formas de financiamiento. Así, entendimos que lo más adecuado era mantener el sistema formal de asignaciones familiares, producto de intensas luchas sociales, al tiempo que propusimos extender una asignación similar a todos los hijos de padres desocupados o insertos en la economía informal, utilizando para su aplicación la larga experiencia de la Anses en el tema. Obviamente, en aquel momento la prioridad eran los niños que no accedían a ningún tipo de beneficio social, pero progresivamente el proyecto establecía una cobertura homogénea y similar en su monto a las asignaciones familiares ya existentes.
El aspecto que diferenciaba aquel proyecto de otros en circulación era que garantizaba una renta mensual a todos los niños, independientemente de la condición laboral de sus padres. La urgencia de la medida estribaba en el hecho de que, a principios de esta década, sólo un tercio de la población económicamente activa podía recibir las asignaciones familiares. El proyecto fue nutrido por la opinión de prestigiosos especialistas, así como debatido con organizaciones de la sociedad civil en varios encuentros organizados para tal fin. Semejante trabajo de concertación permitió que fuera aprobado por unanimidad en el Senado, aunque no llegó a ser tratado en Diputados al agravarse aún más las ya dramáticas restricciones presupuestarias del año 2002.
Hoy vemos con enorme satisfacción el resurgimiento de este sistema universal de protección social para la infancia. Alentamos su implementación y consideramos que la misma debe ser refrendada mediante una legislación que consagre esta política con carácter permanente, irrenunciable y garantice la intangibilidad de su financiamiento. Se trata de un derecho que expresa correlativamente la obligación, regida por la justicia distributiva, de procurar la subsistencia básica a los miembros de una comunidad, y en especial a aquellos que no pueden garantizarse la subsistencia por sus propios medios, los niños y adolescentes. Es un derecho de carácter universal, no una concesión graciosa o un subsidio temporario. Por lo mismo, escapa al campo de las contraprestaciones y los contratos, si bien el Estado puede exigir, en función de garantizar la inserción de los niños en el sistema educativo y su adecuada atención sanitaria, la acreditación del cumplimiento de las obligaciones de los padres.
La asignación por hijo es portadora de una necesidad indiscutible que, como nos enseñó Evita, debe plasmarse legítimamente en un derecho para todos los niños de nuestro país. Esta es la tarea que, gracias a la iniciativa del gobierno nacional, debería asumir ahora el Congreso Nacional para institucionalizarlo como un compromiso irrenunciable del Estado.
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